En Querétaro en materia de divorcio necesario de manera urgente y antes de iniciarse el juicio o durante él, pueden decretarse las siguientes medidas cautelares:
I. La separación de los cónyuges o concubinarios y las que tiendan a salvaguardar la integridad y seguridad de los interesados;
I. La separación de los cónyuges o concubinarios y las que tiendan a salvaguardar la integridad y seguridad de los interesados;
II. Las que se estimen convenientes para que los cónyuges no se puedan causar daños en sus respectivos bienes ni en los de la sociedad conyugal o comunidad de bienes, en su caso;
III. La guarda, custodia y restitución de los menores y las necesarias para evitar que los mismos sean retenidos de manera ilícita o trasladados a otra ciudad sin el consentimiento de quien conforme a la ley tenga el derecho a otorgarlo;
IV. La fijación de alimentos y su garantía provisionales;
V. Un régimen de convivencias provisionales entre los menores con sus padres, hermanos y demás familiares, y las que aseguren su debido cumplimiento;
VI. Dictar, en su caso, aquellas que la ley establece respecto a la mujer que quede embarazada; y
VII. Cualquiera otra, siempre que estén relacionadas con el derecho de familia y las que el juez considere necesarias para salvaguardar el bienestar, el desarrollo, la protección y el interés superior de los menores, así como de los demás integrantes de la familia.
Consultas:
Lic. Ricardo Escobedo
Abogado en Derecho Familiar
Email: ricardo.escobedo@hotmail.com
Cel. 442-128-08-18
Oficina: (442) 224-17-06
Calle Yuca 227, Colonia Arboledas, Querétaro, Qro.
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